Conflictos de interés

Los autores deben declarar cualquier relación financiera o no financiera que pudiera constituir un conflicto de interés en relación con el artículo presentado.

Esto incluye, entre otros: financiamiento de la investigación, honorarios, relaciones institucionales, vínculos personales con revisores o editores, y competencia académica relevante. Incluso si los autores consideran que no existen conflictos, deberán declararlo explícitamente.

Las declaraciones deberán abarcar, como mínimo, los últimos 36 meses previos a la presentación del manuscrito, conforme a las recomendaciones del International Committee of Medical Journal Editors (ICMJE).

Para ello, cada autor deberá declarar sus conflictos de interés en la carta de presentación del manuscrito, conforme al modelo disponible en la revista, que recoge los requisitos establecidos por el International Committee of Medical Journal Editors (ICMJE).

La omisión deliberada de conflictos de interés constituye una falta ética grave y podrá dar lugar al rechazo, corrección o retractación del artículo, según corresponda.