ISSN: 2664-2891
Conflictos de interés
Los miembros del equipo editorial, los evaluadores y los autores deben declarar cualquier relación financiera o no financiera (laboral, institucional o personal) que pudiera constituir un conflicto de interés o influir en su juicio en relación con el artículo presentado.
Autores
Esto incluye, entre otros: financiamiento de la investigación, honorarios, relaciones institucionales, vínculos personales con revisores o editores, y competencia académica relevante. Incluso si los autores consideran que no existen conflictos, deberán declararlo explícitamente.
Las declaraciones deberán abarcar, como mínimo, los últimos 36 meses previos a la presentación del manuscrito, conforme a las recomendaciones del International Committee of Medical Journal Editors (ICMJE). Cada autor deberá declarar sus conflictos de interés en la carta de presentación del manuscrito, conforme al modelo disponible en la revista, y los autores deben incluir además una declaración de conflictos de interés en el manuscrito; cuando no existen, se hace constar de forma expresa. Dicha declaración se publicará en el artículo, junto con la fuente de financiamiento y las afiliaciones institucionales.
La omisión deliberada de conflictos de interés constituye una falta ética grave y podrá dar lugar al rechazo, corrección o retractación del artículo, según corresponda, conforme a la política de integridad científica y a la política de correcciones y retractaciones.
Evaluadores y equipo editorial
Los evaluadores que identifiquen un conflicto deben abstenerse y notificarlo al equipo editorial. Cuando un miembro del equipo editorial figura como autor, se aparta del proceso y la gestión del manuscrito se asigna a otro editor. Los casos no previstos se resuelven según las guías de COPE.

















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